03 mayo 2011

Condenados tras provocar un incendio en el Parque Natural de Cazorla, Segura y Las Villas

El juzgado de lo Penal número dos de Jaén ha condenado a dos hombres que hicieron para quemar residuos un fuego en un paraje de Quesada, dentro del Parque Natural de Cazorla, Segura y Las Villas, que se propagó al monte circundante y afectó a más de 10.000 metros.


En el relato de los hechos probados de la sentencia, consultada por Europa Press, se especifica que los dos acusados estaban en concreto realizando trabajos de corte y eliminación de residuos de trabajos forestales en el parque Collado de las Siete Fuentes, zona además declarada de peligro de incendio forestal.

Mientras llevaban a cabo su tarea, encendieron varias hogueras para eliminar esos residuos, si bien en una de ellas "omitieron las más elementales normas de cuidado", de manera que la hicieron directamente en terreno forestal sobre el pasto seco, "sin cortafuegos perimetral".

Esa circunstancia unida a la sequía del monte, junto con que ambos abandonaron las llamas sin haberlas apagado y que, además, fue avivado por las "fuertes" rachas de viento hizo que se propagase ese fuego al monte, provocando un incendio forestal que fue detectado a las 14,20 horas del 25 de abril de 2008 y extinguido a las 19,00 horas.

Las llamas afectaron a un terreno de 10.700 metros cuadrados de pinar y pastizal. En su extinción intervinieron el subdirector del centro operativo provincial, 28 especialistas, seis personas a cargo de las autobombas, cuatro agentes de la brigada de investigación de incendios, dos guardias civiles, tres vehículos de extinción del Infoca y nueve vehículos ligeros. En total, los gastos ascendieron a 533,76 euros.

Por todo ello, los procesados fueron condenados por un delito de incendio a la pena para cada uno de medio año de prisión y al pago de una multa de 540 euros. En concepto de responsabilidad civil, se establece que deberán indemnizar a la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, según el fallo judicial, en la cantidad de 533,76 euros.

No obstante, la sentencia recoge que la suspensión de las penas privativas de libertad por un plazo de dos años condicionada al pago de las responsabilidades civiles debidas, con revocación de la suspensión en caso de impago o al delinquir durante ese periodo.

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